La disminución tarifaria estará en vigor durante el periodo vacacional aprobado por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y diversas universidades del país para el ciclo lectivo respectivo.La disminución tarifaria estará en vigor durante el periodo vacacional aprobado por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y diversas universidades del país para el ciclo lectivo respectivo.
  • DURANTE VACACIONES, SICT PONDRÁ EN VIGOR DESCUENTOS EN AUTOTRANSPORTE Y SERVICIO FERROVIARIO
  • Serán del 50 y 25 por ciento dirigido a estudiantes y maestros, respectivamente
  • Los interesados deberán mostrar su credencial actualizada con fotografía y sello de la institución

Estarán en vigencia a partir del próximo 16 de julio y hasta el 26 de agosto de 2024, periodo de receso escolar establecido por la SEP

Durante las próximas vacaciones de verano, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) otorgará descuentos del 50 y 25 por ciento a estudiantes y maestros, respectivamente, si viajan en autotransporte federal de pasajeros o servicio ferroviario.

La disminución tarifaria estará en vigor durante el periodo vacacional aprobado por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y diversas universidades del país para el ciclo lectivo respectivo.

De acuerdo con la SEP, el próximo periodo vacacional para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y universidades, iniciará el 16 de julio y terminará el 26 de agosto de 2024 Los prestadores de servicios ferroviarios de pasajeros en su modalidad de regular interurbano y los permisionarios del servicio de autotransporte de pasajeros en los servicios de primera y económico, podrán otorgar tarifas reducidas en un 50 y 25 por ciento a estudiantes y maestros, respectivamente.

Para ello, deberán acreditar su carácter mediante la exhibición de la credencial correspondiente en vigor, o en su defecto, a través de la constancia que para el efecto expida la escuela a la que pertenezcan; deberá contener nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular, y en su caso, número de cuenta o matrícula.

Las instituciones deben estar incorporadas a los sistemas de educación de la SEP; direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas; Universidad Nacional Autónoma de México; Instituto Politécnico Nacional; universidades de toda la República, institutos, escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía, Colegio de Bachilleres.

Las quejas por infracciones a lo dispuesto por esta Circular, en materia de tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF), y en caso del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal, o para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SICT que corresponda al domicilio del usuario.

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